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LOS DUQUES Y LA GRANDEZA DE ESPAÑA: ALGUNA EXCEPCIÓN, ALGUNA ILEGALIDAD

LOS DUQUES Y LA GRANDEZA DE ESPAÑA: ALGUNA EXCEPCIÓN, ALGUNA ILEGALIDAD

Es lugar común la creencia de que, en el Reino de España, todo Duque está condecorado, ipso iure, con la dignidad de la Grandeza de España. Pero es una creencia errónea, al menos en parte.

            Durante toda la Edad Moderna, hubo Duques que no eran Grandes. La unión de los Duques y la Grandeza es relativamente moderna, y no puede datarse antes de las postrimerías del reinado de Doña Isabel II, pues fue en los años de 1864 cuando se reformó esta dignidad creada en 1520 -más bien fue re-creación de los Grandes de Castilla, que existieron con antelación-. En aquellos días isabelinos, las tres clases de la Grandeza -de primera, de segunda y de tercera u honoraria-, se resumieron en una sola, que es la que llega a nuestros días.

            Pero, curiosamente, no existe ninguna disposición legal que una a todos los títulos ducales, dicha suprema dignidad nobiliaria. Sin embargo, el hecho cierto, o mejor dicho la situación de facto, es que en España todo Duque es Grande de España.

            Si bien existe alguna excepción muy señalada: la del Ducado de Suárez, creado en el 25 de febrero de 1981 sin la sólita aneja dignidad de la Grandeza de España. Y así también se ha producido la única sucesión que en ese título se ha dado hasta hoy, en 2014. Si nos tomamos la molestia de consultar las páginas del Boletín Oficial del Estado del dia 28 de febrero de 1981, en que aparece el real decreto de creación, notaremos que no solamente no se menciona ninguna Grandeza, sino que el ducado se denomina literalmente título del Reino, a secas. Y en la misma publicación del 3 de diciembre de 2014, en que aparece la sucesión en dicha merced a favor de la nieta del concesionario, se reitera la omisión: la orden ministerial del 18 de noviembre de ese año habla de título, y nada de una Grandeza.

Por eso es un error muy generalizado que la mayor parte de los artistas heráldicos que han reproducido las armerías ducales, las hayan plazado sobre el mando de Grande y hayan incluido el bonete en la corona ducal, pues esas insignias son anejas a la dignidad de Grande, que este Ducado no ostenta.

            Concluyamos: este hecho, esta excepción, no deja de ser una anomalía bien llamativa, máxime si consideramos la gran relevancia histórica del concesionario.

            No es la única rareza. Es conocida la grave irregularidad que se cometió a la hora de rehabilitar en 1983 el título napolitano de Duque de la Palata, creado en 1646 sin la dignidad de la Grandeza de España -porque entonces no se concebía que fuese aneja a ningún título nobiliario, ni siquiera el ducal-. Y así, ni el concesionario ni ninguno de sus sucesores la ostentaron, ni siquiera de la clase de honoraria. Y, sin embargo, el real decreto de 15 de julio de 1986 por el que se rehabilitó esta merced, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 30 de octubre de aquel año, sí que menciona expresamente la Grandeza de España, que por lo visto se le anejó a la galana. Y que también figura en la orden ministerial de 22 de febrero de 1989, aparecida en el Boletín Oficial del Estado del 8 de marzo siguiente, otorgando la sucesión al hijo de la rehabilitante de 1986.

            El hecho es sorprendente, porque ni se podía ni se puede rehabilitar sino una merced honorífica preexistente, pero no una dignidad que jamás había existido.

            Una decisión administrativa no solamente irregular en términos históricos y jurídicos, sino manifiestamente ilegal, toda vez que, en esa decisión administrativa de 1986, nos hallamos evidentemente ante el intento de creación de una nueva Grandeza de España -y no de una rehabilitación de una Grandeza antiguamente otorgada-. Y resulta que para crear una nueva merced nobiliaria era y es imprescindible, a tenor de la legislación vigente entonces y ahora -el real decreto de 27 de mayo de 1912, en su artículo 2º-, que se haga por real decreto suscrito por el Rey y por el Ministro de Justicia–como se ha venido haciendo, desde 1978 hasta hoy, con todas y cada una de las creaciones de nuevas Grandezas y Títulos-. Además, en ciertos casos, la ley exige que se hagacon acuerdo del Consejo de Ministros. Unos requisitos y trámites que nunca se exigieron ni siguieron en el caso Palataque nos ocupa.

Por lo que no es aventurado sostener y denunciar, y así lo hacemos nosotros, que esa supuesta creación de la Grandeza aneja al Ducado de la Palata, datada en 1986, es ilegal por faltar el real decreto que la sustente, y manifiestamente nula de pleno derecho.

            Sirvan estas breves consideraciones para hacer evidente el hecho de que en España no todos los Duques son Grandes de España de manera automática, sino que existen excepciones, y también irregularidades.